Bonos Comercio

Elige Alcalá, Navidad 2023

Campaña de apoyo al pequeño comercio local de Alcalá de Henares

“Elige Alcalá, Navidad 2023”

  • Programa: BONOS COMERCIO
  • Campaña: “ELIGE ALCALÁ, NAVIDAD 2023”

Adhesión Programa

Bonos Comercio Elige Alcalá, Navidad 2023

Tras comprobar que la documentación aportada está completa y es correcta, la Concejalía de Comercio le enviará un correo indicándole que su solicitud ha sido admitida pasando a la Fase 2.

Bases de participación (Web)

Objetivo / Descripción de esta Campaña

El objetivo de esta Campaña es promocionar y dinamizar el comercio local y fomentar las compras en el comercio de proximidad.

El Ayuntamiento adquirirá 150 lotes, de 10 bonos de 50€ cada uno (IVA incluido), a los 150 primeros comercios, pertenecientes a distintas empresas, que reúnan todos los requisitos recogidos en las Bases de la Campaña “ELIGE ALCALÁ, NAVIDAD 2023”. Este año, la concejalía de Comercio del Excmo. Ayto. de Alcalá de Henares destina 75.000€ al efecto, extendiendo la posibilidad de inscripción a diversos comercios del sector de la alimentación que no se podían inscribir en ediciones previas. Inicialmente, se destinarán 50 lotes, de 10 bonos cada uno, a comercios al por menor de productos alimenticios y los otros 100 lotes al resto de sectores comerciales recogidos en las Bases, pero si al concluir el plazo de inscripción quedasen plazas por cubrir en cualquiera de estos grupos y hubiese exceso de demanda en el otro, dichas plazas se cubrirían con los comercios del grupo con mayor demanda. En ambos casos, la adjudicación de los lotes de bonos se realizará atendiendo al orden de inscripción de los comercios.

Una misma empresa podrá presentar tantas solicitudes como establecimientos tenga abiertos en Alcalá de Henares, siempre que presente una solicitud completa por cada establecimiento. Si concluido el periodo de inscripción, las solicitudes de comercios de diferentes empresas fuesen inferiores a 150, los lotes de bonos restantes se distribuirán entre las empresas que hayan presentado solicitudes para dos establecimientos y si siguiesen quedando lotes de bonos por adjudicar, los mismos se distribuirían entre las empresas con tres establecimientos y así sucesivamente hasta completar la cifra de 150 comercios o agotar la cifra de solicitudes. En las solicitudes de las empresas con más de un establecimiento, su orden de presentación será el que determine que establecimiento se considerará como el primero, segundo, tercero y sucesivos establecimientos.

Cada bono se convertirá en bono de compra “cheques regalo” que el Ayuntamiento sorteará entre los ciudadanos que participen en la Campaña “Elige Alcalá, Navidad 2023”.

A quién va dirigido

Comercios minoristas, de hasta 10 trabajadores/as, que dispongan de establecimientos abiertos en Alcalá de Henares y estén inscritos en los siguientes grupos o epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE):

641; 642; 643; 644; 645; 647.1, 647.2, 647.3; 651; 652.2, 652.3, 652.4; 653.2, 653.3, 653.6, 653.9; 657; 659.3, 659.4, 659.5, 659.6, 659.7.

Plazo de presentación de las solicitudes de adhesión:

El plazo de presentación de solicitudes empezará a las 9:00h del día siguiente a la publicación de estas Bases en el Portal municipal de Inscripciones: https://inscripciones.ayto-alcaladehenares.es, y terminará a las 23:59h del 13 de noviembre de 2023.

Plazo de presentación de las solicitudes de adhesión

El plazo de presentación de solicitudes empezará a las 9:00h del día siguiente a la publicación de estas Bases en el Portal municipal de Inscripciones: https://inscripciones.ayto-alcaladehenares.es, y terminará a las 23:59h del 13 de noviembre de 2023.

Obligaciones tributarias

Para adherirse al programa, los comercios deberán estar al corriente de todas las obligaciones tributarias municipales.

Puede consultar si tiene alguna deuda en la Concejalía de Hacienda, a través del correo:  asistenciaintegral@ayto-alcaladehenares.es  (acompañando siempre de  copia del DNI/NIF/NIE del titular del establecimiento). Desde el momento en que el interesado presente su solicitud hasta que el Ayuntamiento emita la orden de pago, los servicios municipales relacionados con la gestión de la Campaña también podrán consultar dicha información.

Obligación de mantener abierto el establecimiento hasta que finalice la Campaña

Los comercios que participen en la Campaña se comprometen a mantener abiertos sus establecimientos, en su horario habitual, hasta que la misma finalice (29 de febrero de 2024). Caso contrario, tendrán que devolver el importe de los bonos que el Ayuntamiento les haya abonado y que todavía no se hubiesen canjeado. Si algún establecimiento cerrase antes de finalizar la Campaña, el mismo, con los Bonos que le queden por canjear, podría ser sustituido por el primer comercio que figure en la lista de espera.

Documentación requerida

Documentación requerida:

Fase 1: Documentación a presentar:

  1.  Solicitud de adhesión debidamente cumplimentada y firmada. Anexo I
  2. “CERTIFICADO DE SITUACIÓN EN EL CENSO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE LA AEAT” de fecha posterior a la publicación de las presentes Bases. No se admitirán certificados con fecha anterior, ni ningún otro certificado distinto del recogido en las Bases con esta denominación concreta.
    En caso de presentar inscripciones para varios establecimientos, deberán asegurarse de que en el certificado adjunto a cada solicitud figura la dirección completa del establecimiento correspondiente.
    Le recordamos que puede solicitar dicho certificado de forma inmediata en:
    https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/G313.shtml

Tras comprobar que la documentación aportada está completa y es correcta, la concejalía de Comercio enviará un correo indicándoles que su solicitud ha sido admitida, pasando a la FASE 2.

Si las solicitudes contuviesen algún error, estuviesen incompletas o los comercios no se encontrasen al corriente de pago con el Ayuntamiento, desde la concejalía de Comercio se les enviará un correo electrónico comunicándoselo y se les otorgará un plazo de 4 días hábiles para que subsanen los defectos detectados. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen subsanado las deficiencias, las solicitudes se tendrán por desistidas. La comunicación se realizará al correo electrónico que figure en la solicitud.

La fecha y la hora de recepción de las solicitudes que regirá para establecer su orden de presentación, será aquella en la que se termine de aportar, de forma correcta, toda la documentación requerida en las Bases. Dicha fecha y hora será la que otorgue prioridad en caso de que el número de solicitudes sea mayor que el presupuesto con el que cuenta el Programa.

Fase 2: A partir del momento en el que la concejalía de Comercio comunique a los comercios que se han admitido sus solicitudes de adhesión a la Campaña, los comercios dispondrán de un plazo máximo de 7 días hábiles para presentar, por los medios indicados en el Anexo III, la siguiente documentación:

  1. Factura correcta y completa, que contenga todos los datos que se detallan en el Anexo II. No valdrán las facturas que no estén correctamente emitidas, acorde a lo descrito.
  1. Certificado de titularidad bancaria o formulario “Modelo 040” (adjunto como Anexo IV) debidamente cumplimentado, sellado y firmado por el banco. La cuenta bancaria debe figurar a nombre de la persona o empresa que realice la solicitud de adhesión a la campaña.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado todos los datos requeridos, las solicitudes se tendrán por desistidas.

Si los datos bancarios o las facturas presentadas estuviesen incompletas o tuviesen algún error, la concejalía de Comercio les enviará un correo comunicándoselo, y se les otorgará un nuevo plazo de 4 días hábiles para que subsanen los defectos detectados. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen subsanado las deficiencias, las solicitudes se tendrán por desistidas. La comunicación se realizará al correo electrónico facilitado en la solicitud.

Procedimiento de adhesión

Los comercios que quieran adherirse a la Campaña deberán presentar su solicitud preferentemente a través del portal municipal de inscripciones: https://inscripciones.ayto-alcaladehenares.es/eligealcala. Si esta vía no les fuese accesible, podrán presentarlo de manera presencial el Registro del Ayuntamiento o de las Juntas Municipales de Distrito. 

Normas de participación de los comercios

    • Los comercios deberán respetar toda la normativa y la legislación referente a los derechos y garantías de los consumidores y usuarios, la cual, entre otros aspectos, determina que:
      • El horario de apertura en la Comunidad de Madrid es libre y cada establecimiento puede establecer el que considere oportuno, pero los establecimientos están obligados a tener su horario de apertura y cierre a la vista del público, tanto en el exterior como en el interior del comercio, incluso cuando esté cerrado el establecimiento.
      • Los precios y tarifas deben estar expuestos de forma clara, indicando el precio final del producto, incluyendo todos los impuestos que se le apliquen.
      • Los productos puestos a la venta tienen que estar siempre debidamente etiquetados.
      • Los clientes tienen derecho a recibir factura de los productos adquiridos.
      • Los clientes tienen derecho a devolver el producto si no quedasen satisfechos. (En las compras realizadas con los bonos de esta campaña, en ningún caso se devolverá dinero en efectivo a los premiados, pero sí podrán cambiar los artículos inicialmente elegidos dentro de los plazos establecidos para la Campaña).
    • Las personas premiadas podrán canjear sus bonos (cheques regalo) por cualquier producto que se venda en el establecimiento, con los mismos derechos y al mismo precio, incluidos descuentos y promociones, que el resto de los clientes.
    • Los establecimientos deben asegurarse de que las personas premiadas podrán canjear sus premios en los términos indicados en las presentes bases.
    • En ningún caso se devolverá dinero en efectivo a las personas premiadas, aunque el importe de lo adquirido sea inferior al del bono.
    • Los bonos se podrán utilizar de forma fraccionada, en diferentes días durante el tiempo que dure la Campaña, siempre que el establecimiento y el tipo de productos que comercializa lo permitan.
    • Las personas premiadas deberán mostrar sus bonos premiados en los establecimientos, algo que podrán hacer tanto en formato digital como impreso. Por su parte, los establecimientos deberán comprobar los datos que aparecen en los bonos.
    • En caso de que alguna persona premiada no pudiese acudir personalmente a canjear sus premios, podrá autorizar a que otra persona los recoja en su nombre. En estos casos, además del bono premiado deberán presentar una fotocopia del documento de identidad o pasaporte del premiado, así como una autorización firmada por el mismo en la que conste: el nombre, los apellidos y el número del documento de identidad de la persona que recogerá el premio.
    • Los establecimientos deberán llevar una relación con los bonos que se van canjeando e informar a la concejalía de Comercio del momento en que se hayan canjeado todos. Igualmente, para intentar mejorar la cobertura de la Campaña, el 20 de febrero deberán informar a la concejalía de Comercio de los bonos que todavía no hayan pasado a recoger sus premios y, si se diese el caso, al finalizar la Campaña informar de los bonos que no se hayan canjeado.
    • Sí así lo estableciesen, los establecimientos podrán solicitar a los premiados que firmen una relación de haber recibido sus premios y el importe de los mismos.
    • Los comercios se comprometen a difundir la Campaña por los medios que se encuentren a su alcance y sin que ello les suponga ningún coste para los mismos, informado a su clientela y a sus Redes Sociales, si las tuviesen, y colocando la cartelería de la Campaña que les proporcione el Ayuntamiento en un lugar visible del establecimiento.
    • Al finalizar la Campaña, el Ayuntamiento podrá enviar una encuesta a los comercios para conocer su opinión.
    • Si terminada la Campaña hubiese bonos sin canjear, el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de adquirir productos por el importe del valor de los bonos que no se hayan canjeado en cada comercio.

Protección de Datos

¿Quién es el responsable del tratamiento de sus datos?

Nombre entidad: Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

Dirección: Plaza de Cervantes, 12 – 28801 Alcalá de Henares

Teléfono: 91 888 33 00

Datos de contacto del Delegado de Protección de Datos:  dpd@ayto-alcaladehenares.es

 

¿Con qué finalidad tratamos sus datos personales?

El Ayuntamiento de Alcalá de Henares va a tratar los datos, en calidad de Responsable de Tratamiento, con la finalidad de llevar a cabo la gestión de actividades para el fomento y dinamización de la actividad comercial en Alcalá de Henares: campañas, actuaciones de promoción, concursos, actividades lúdicas y educativas, actividades informativas y formativas, concesión de ayudas y subvenciones.

 

¿Durante cuánto tiempo vamos a conservar los datos personales?

Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad con la que se recabaron y determinar las posibles responsabilidades que se deriven de dicha finalidad y del tratamiento de datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. En cualquier caso, los datos podrán ser conservados, en su caso, con fines de archivo de interés público, fines de investigación científica e histórica o fines estadísticos.

 

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?

La base jurídica de legitimación para el tratamiento de los datos personales radica en el ejercicio de los poderes públicos o, en su caso, la necesidad del cumplimiento de una misión realizada en interés público.

 

¿A qué destinatarios se comunicarán sus datos?

Los datos sólo serán comunicados a otros órganos de la Administración Local, Administración Tributaria y Tribunal de Cuentas.

 

¿Cuáles son sus derechos en relación con el tratamiento de datos?

Usted como afectado/titular de datos puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición o limitación, en los formularios aprobados al efecto, adjuntando la documentación exigida, dirigido al Ayuntamiento de Alcalá de Henares, Plaza de Cervantes, 12 – 28801 Alcalá de Henares, o al correo dpd@ayto-alcaladehenares.es.

El plazo máximo para resolver es el de un mes a contar desde la recepción de su solicitud, pudiendo ser prorrogada durante dos meses más atendiendo al número de reclamaciones presentadas o la complejidad de las mismas.

Le informamos que no será objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, que le produzca efectos jurídicos o le afecte significativamente de modo similar.

Tiene derecho a revocar en cualquier momento el consentimiento para cualquiera de los tratamientos para los que lo ha otorgado.

Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en el supuesto que considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos (www.agpd.es).

Translate »