CAMPAÑA DE APOYO AL COMERCIO LOCAL DE ALCALÁ DE HENARES
«ELIGE ALCALÁ EN NAVIDAD 2024» BASES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
El Ayuntamiento de Alcalá de Henares, organiza la campaña “Elige Alcalá- Navidad 2024”, con el objetivo de dinamizar y promocionar el pequeño comercio de la ciudad, animando a residentes y visitantes a realizar sus compras en los establecimientos de Alcalá de Henares durante el periodo navideño.
1. Destinatarios: Podrá participar en la campaña cualquier persona física mayor de 16 años que cumpla con las presentes bases de participación.
2. Fechas de participación: Serán válidas las facturas simplificadas (en adelante tiques de compra) o facturas completas, de las compras realizadas entre el 1 de diciembre de 2024 y el 7 de enero de 2025 (ambos inclusive). El plazo para registrar los tiques será en las mismas fechas.
3. Requisitos: Serán válidas las facturas o tiques de compra que cumpla con la normativa reglamentaria correspondiente, de cualquier comercio que cuente con un establecimiento abierto en Alcalá de Henares, sin que sea necesario que ese comercio se haya inscrito en el programa de “Bonos comercio Alcalá-Elige Alcalá Navidad 2024” (descrito en las correspondientes bases). No están incluidos en la participación las facturas provenientes del sector servicios: restaurantes, gasolineras, centros de formación, peluquerías y cualquier otro servicio quedará excluido.
4. El importe mínimo de compra será de 20€ por factura o tique (IVA incluido).
5. Forma de participar: Entrando en el apartado de “Elige Alcalá” del portal de inscripciones municipal: inscripciones.ayto-alcaladehenares.es y cumplimentando los datos solicitados: nombre y apellidos, número de DNI, Pasaporte o NIE, teléfono de contacto, correo electrónico, nombre del comercio en el que ha realizado la compra, dirección comercial del establecimiento, fecha de compra e importe de la misma. Se deberá adjuntar además, fotografía nítida de la factura o ticket de compra original. Una vez realizado el registro correctamente, se recibirá un correo electrónico con el
número de participación asignada.
6. Foto del tique o factura: La imagen del justificante de compra deberá ser de una factura original (factura completa o factura simplificada) sin enmiendas ni tachaduras. Los justificantes del pago con tarjeta no son tiques de compra, por lo que no son válidos. En la foto se debe ver de forma clara y nítida la factura completa y debe contener todos los datos que marca la legislación vigente para ser considerado un justificante de compra válido: nombre y dirección del establecimiento, NIF empresa, listado de artículos o servicios prestados, tipo impositivo aplicado (IVA), importe total de la compra, fecha de la compra, número y, en su caso serie.
7. Deberá conservarse la factura original hasta el final de la campaña, ya que podrá ser solicitado por el Ayuntamiento como documento de justificación en el caso de resultar premiado, y en este caso deberá ser presentado por el premiado para poder disfrutar del premio.
8. Sorteo: El sorteo será validado por fedatario público municipal. Si el número de participantes fuese mayor que el de bonos a premiar, se otorgará un único premio por persona, pero si fuese menor se podrá otorgar más de un premio por persona.
9. Premios: Se sortearán un máximo de 75.000€, distribuidos en bonos de compra por valor de 50€ cada uno. Cada ganador recibirá un correo electrónico por cada uno de los bonos con los que haya resultado premiado. Los bonos podrán ser utilizados para comprar en los establecimientos en los que corresponda según resultado del sorteo, lo cual viene reflejado en el bono (nombre comercial del establecimiento y dirección del mismo). Estos establecimientos serán los que se han adherido al programa “Bonos comercio Alcalá- Elige Alcalá Navidad 2024” conforme a las correspondientes bases de participación.
10. Lista de premiados: A partir del 31 de enero de 2025 se publicará en el portal de inscripciones municipal inscripciones.aytoalcaladehenares.es, el listado completo con los números de participación premiados y los establecimientos donde podrán disfrutar el premio según sorteo. Además, cada persona ganadora recibirá un correo electrónico por cada uno de bonos con los que hayan resultado premiados. Los correos serán enviados a la dirección que hayan facilitado al registrarse.
11. Para poder disfrutar el premio, habrá que mostrar el bono en el comercio que le haya correspondido, lo cual se podrá hacer tanto en formato digital como impreso, y acreditarse como la persona premiada. En caso de que alguna persona premiada no pudiese acudir personalmente a canjear su premio, podrá autorizar a que otra persona lo recoja en su nombre. En estos casos, además del bono premiado deberán mostrar una fotocopia del documento de identidad o pasaporte del premiado (será suficiente con mostrar una copia, sin ser necesario que el comercio se quede con la misma), así como una autorización firmada por el premiado en la que conste: número de bono, el nombre y apellidos y el número del documento de identidad de la persona que recogerá el premio.
12. Fechas de recogida de los premios: Los ganadores podrán disfrutar el premio del 1 al 28 de febrero de 2025 (ambos inclusive).
13. El importe de los bonos es de 50€. En caso de que el precio de los productos adquiridos sea inferior al del bono, el premiado no tendrá derecho al reintegro en efectivo de la cantidad restante. Recibirán además una bolsa de tela de la campaña.
14. Los bonos pueden ser acumulativos, es decir que podrán ser usados varios bonos para una misma compra, sumando el valor de los mismos, si los clientes premiados con esos bonos así lo deciden. En todo caso se tendrá que identificar a todos los premiados, tal y como se indica en los puntos anteriores.
15. Los bonos se podrán usar de forma fraccionada, en diferentes días durante el tiempo que dure la campaña, siempre que el tipo de productos que comercializa el establecimiento lo permitan.
16. Veracidad de los datos: Todos los datos facilitados por los participantes deberán ser veraces. En el supuesto de que el participante hubiera facilitado datos falsos, quedaría excluido del concurso y de la posibilidad de optar a premio alguno.
17. Quedarán excluidos del sorteo aquellos justificantes de compra que sean ilegibles, no presenten los datos mencionados, no se corresponda con una factura original y/o no cumplan con todos los requisitos recogidos en las presentes bases.
18. Tiques repetidos: Si se detectase algún tique que ya se hubiese registrado anteriormente por la misma persona, dicho tique quedaría invalidado y sin opción a premio. Si el tique lo hubiese registrado otra persona, ambas personas quedarían inhabilitadas para recibir ningún premio.
19. En el supuesto de que se detecte algún tipo de fraude, manipulación y falsificación en los justificantes de compra, el participante quedaría directamente excluido del sorteo, no pudiendo optar a premio alguno.
20. Finalizada la campaa, el Ayuntamiento podrá enviar a los participantes una encuesta de valoración con el objetivo de hacer un estudio de impacto de la campaña.
21. El Ayuntamiento queda exonerado de cualquier responsabilidad por daños o perjuicios, de cualquier naturaleza, que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de las redes de telecomunicaciones.
22. El Ayuntamiento de Alcalá se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sucesivos sobre su operativa, siempre que las mismas estén justificadas, sirvan para resolver situaciones imprevistas o sean necesarias para mejorar el operativo y el desarrollo de la Campaña. En estos casos, los cambios se publicarían en la página web municipal.
23. La participación en el sorteo implica la aceptación de las presentes bases en su totalidad.
24. Las presentes bases se publicarán en el Portal de Inscripciones Municipal de Alcalá de Henares.